Qué tributa y dónde
El IRPF reparte tu renta en dos cajones. La base imponible general recoge el salario, las pensiones, los alquileres o la actividad de un autónomo. La base imponible del ahorro recoge casi todo lo que generan tus inversiones financieras, y tiene su propia escala de tipos, más baja y con menos tramos.
Dentro del ahorro conviven dos familias de rentas que Hacienda trata de forma distinta. Distinguirlas es el primer paso para entender el resto de la guía:
| Aspecto | Rendimientos del capital mobiliario | Ganancias y pérdidas patrimoniales |
|---|---|---|
| Qué son | Lo que te paga un activo por el hecho de tenerlo | La diferencia entre lo que pagaste y lo que obtienes al vender o reembolsar |
| Ejemplos | Intereses de cuentas y depósitos, cupones de bonos, dividendos, ciertos seguros de ahorro | Venta de acciones o ETF, reembolso de fondos, venta de criptomonedas |
| Cuándo tributan | El año en que se cobran | Solo cuando vendes o reembolsas, no mientras mantienes la inversión |
| Retención | Por lo general, 19 % (ejercicio 2024) | Reembolso de fondos: 19 % de la ganancia. Venta de acciones: normalmente ninguna |
| Gastos que restan | Administración y custodia de los valores | Comisiones de compra y de venta, que forman parte de los precios |
Un matiz importante: solo van a la base del ahorro las ganancias y pérdidas que nacen de transmitir algo. Un premio o una subvención también son ganancias patrimoniales, pero tributan en la base general. En esta guía hablamos únicamente de las que afectan a quien invierte.
Para calcular la ganancia de una venta necesitas el valor de adquisición (lo que pagaste más los gastos de compra) y el valor de transmisión (lo que cobras menos los gastos de venta). Si compraste el mismo valor en varias fechas, se entiende que vendes primero los títulos más antiguos.
Ejemplo
Caso hipotético. Lucía tiene una cuenta remunerada que le ha pagado 300 € de intereses en el año y unas acciones que compró por 4.000 € y hoy valen 5.500 €. Los 300 € se declaran este año como rendimiento del capital mobiliario. La subida de 1.500 € todavía no: solo tributará el año en que venda, como ganancia patrimonial.
Tipos del ahorro
La base del ahorro tributa con una escala progresiva por tramos. Cada euro paga el tipo de su propio tramo, no el del tramo más alto que alcances: pasar de un tramo al siguiente nunca hace que pagues más por los euros anteriores.
| Tramo de base liquidable | Tipo | Cuota acumulada al final del tramo |
|---|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % | 1.140 € |
| De 6.000 € a 50.000 € | 21 % | 10.380 € |
| De 50.000 € a 200.000 € | 23 % | 44.880 € |
| De 200.000 € a 300.000 € | 27 % | 71.880 € |
| Más de 300.000 € | 28 % | — |
Ejemplo
Caso hipotético con la escala de 2024. Con una base del ahorro de 10.000 €, los primeros 6.000 € pagan el 19 % (1.140 €) y los 4.000 € restantes, el 21 % (840 €). En total, 1.980 €: un tipo medio del 19,8 %, no del 21 %.
Dos ideas más que conviene tener presentes. La primera: el mínimo personal y familiar se aplica antes contra la base general y solo reduce la del ahorro si sobra algo. La segunda: estos tipos se han modificado varias veces en los últimos años, así que no des por hecho que la escala de un ejercicio sirve para el siguiente.
Fuente oficial
La escala de cada ejercicio, con su desglose entre parte estatal y autonómica, figura en la Ley 35/2006 del IRPF y en el Manual práctico de Renta que la Agencia Tributaria publica cada año en su sede electrónica.
Compensar ganancias y pérdidas
Compensar significa restar unas rentas negativas de otras positivas para tributar solo por el resultado neto. En la base del ahorro, con las reglas del ejercicio 2024, se hace en este orden:
- Dentro de cada familia. Las ganancias se compensan con las pérdidas patrimoniales del año, y los rendimientos del capital mobiliario positivos con los negativos.
- Entre familias, con límite. Si una de las dos queda en negativo, ese saldo puede restarse del saldo positivo de la otra, pero solo hasta el 25 % de ese saldo positivo.
- Lo que sobra, a los cuatro años siguientes. El saldo negativo que no hayas podido compensar se arrastra a los cuatro ejercicios siguientes, y se aplica en ellos siguiendo el mismo orden.
Las pérdidas pendientes no son opcionales: en cuanto haya saldo positivo suficiente, se compensan en la primera declaración en que sea posible. Si pasan los cuatro años sin aplicarlas, se pierden.
Base del ahorro · reglas y escala del ejercicio 2024
-
Ganancias y pérdidas patrimoniales
Venta de acciones de la empresa A+3.000,00 €
Reembolso del fondo B−5.000,00 €
Saldo de la familia−2.000,00 €
-
Rendimientos del capital mobiliario
Dividendos cobrados (brutos)+1.200,00 €
Intereses de un depósito (brutos)+400,00 €
Saldo de la familia+1.600,00 €
-
Compensación cruzada (límite del 25 %)
25 % de 1.600,00 €400,00 €
Pérdida que se compensa este año−400,00 €
Rendimientos que quedan1.200,00 €
-
Pérdida pendiente
−2.000,00 € + 400,00 €−1.600,00 €
Puede compensarse en las declaraciones de 2025, 2026, 2027 y 2028.
-
Cuota aproximada del ahorro
Base imponible del ahorro1.200,00 €
Cuota al 19 % (primer tramo)228,00 €
Retenciones ya soportadas (19 % de 1.600,00 €)304,00 €
Retenido de más en el ahorro76,00 €
Ese exceso no se devuelve por separado: se integra en el resultado global de la declaración. Suponemos que el mínimo personal se agota en la base general y que Marta no tiene otras rentas del ahorro.
Ojo
Para arrastrar una pérdida tiene que constar en la declaración del año en que se produce. Y si vendes con pérdidas y vuelves a comprar lo mismo poco después, puede que no cuente ese año (apartado 6). Antes de decidir una venta por motivos fiscales, lee nuestras advertencias y consúltalo con un asesor fiscal.
Dividendos, intereses y retenciones
Dividendos. Tributan íntegros como rendimiento del capital mobiliario. La exención de los primeros 1.500 € que existió hasta 2014 ya no se aplica. Si la empresa es extranjera, es habitual que el país de origen retenga una parte y que luego tu entidad española retenga otra; la doble imposición internacional puede deducirse en tu declaración, con límites que dependen del convenio entre ambos países.
Intereses. Los de cuentas remuneradas, depósitos, bonos y obligaciones también son rendimientos del capital mobiliario. Se declara el importe bruto, no lo que llega a tu cuenta.
Retenciones. No son un impuesto adicional, sino un pago a cuenta: tu banco adelanta a Hacienda una parte (con carácter general, el 19 % en 2024) y tú la restas en la declaración. Por eso el resultado final puede salir a devolver aunque hayas tenido rentas del ahorro.
- Los gastos de administración y custodia de valores se restan de los rendimientos. Las comisiones de compraventa, en cambio, van al precio de adquisición o de venta.
- Tu entidad te envía a principios de año un certificado fiscal con importes brutos, retenciones y operaciones. Es el documento con el que debes cuadrar tus datos fiscales.
Ojo
No todos los productos llevan retención aunque tributen. Las Letras del Tesoro, por ejemplo, no tienen retención sobre su rendimiento, y aun así debes incluirlo en tu declaración. Lo mismo ocurre con muchas ventas de acciones.
Fuente oficial
Los datos fiscales que la Agencia Tributaria pone a tu disposición antes de la campaña incluyen los dividendos, intereses y retenciones que han comunicado las entidades españolas. Las cuentas en entidades extranjeras normalmente no aparecen ahí.
Fondos vs acciones: el traspaso
Cuando pasas tu dinero de un fondo de inversión a otro mediante un traspaso (sin que llegue a tu cuenta), la ganancia acumulada no tributa en ese momento. El fondo nuevo hereda el valor de adquisición y la antigüedad del anterior. No es una exención: es un aplazamiento hasta el día en que reembolses de verdad.
| Situación | Fondos de inversión | Acciones y ETF |
|---|---|---|
| Pasar a otro producto | Traspaso sin tributar, si se cumplen los requisitos | Hay que vender: tributa la ganancia ese año |
| Retención | 19 % de la ganancia al reembolsar (2024) | Normalmente ninguna en la venta |
| Cuándo pagas | Al reembolsar a tu cuenta | Al vender |
El régimen de traspasos se aplica a fondos y a ciertas sociedades de inversión que cumplen requisitos (como un número mínimo de partícipes o accionistas), incluidos fondos extranjeros comercializados en España a través de entidades registradas. Los fondos cotizados (ETF) quedan, en general, fuera: se tratan como acciones.
Ejemplo
Caso hipotético. Javier invirtió 10.000 € en un fondo que hoy vale 13.000 €. Si lo traspasa a otro fondo, este año no declara ninguna ganancia; el fondo nuevo conserva el coste de 10.000 € y la fecha original. Si años después reembolsa por 15.000 €, tributará entonces por 5.000 €.
Si traspasas solo una parte, se considera que salen primero las participaciones más antiguas, igual que con las acciones.
La regla de los dos meses
Esta norma existe para que nadie genere una pérdida fiscal “de papel”: vender con pérdidas para compensar ganancias y volver a comprar lo mismo enseguida.
Si vendes con pérdidas valores que cotizan en bolsa (acciones o ETF) y compras valores homogéneos (de la misma entidad y con los mismos derechos) en los dos meses anteriores o posteriores a la venta, esa pérdida no puede computarse ese año. Se integrará cuando vendas los valores recomprados. Para valores que no cotizan, el plazo es de un año.
Ejemplo
Caso hipotético. Vendes el 10 de marzo acciones de una empresa con una pérdida de 800 € y vuelves a comprar acciones de esa misma empresa el 25 de abril: la pérdida queda aplazada. Si esperas a recomprar a partir del 11 de mayo, y no compraste ninguna en los dos meses previos a la venta, la pérdida sí cuenta en ese ejercicio.
- La regla aplaza la pérdida; no la elimina.
- Solo afecta a las pérdidas. Las ganancias tributan siempre.
- Mira también hacia atrás: una compra en los dos meses anteriores a la venta también la activa.
Ojo
En fondos de inversión que no cotizan, la aplicación de esta regla tiene matices. Si piensas reembolsar con pérdidas y volver a invertir en el mismo fondo, consúltalo antes con un asesor fiscal.
Calendario de la campaña
Las fechas exactas se fijan cada año por orden ministerial. Este es el ritmo aproximado de una campaña típica, tomando como referencia la de la Renta 2024, que se presentó en 2025:
- Enero – febreroCertificados fiscales
Bancos y brókeres envían el resumen del año anterior.
- MarzoDatos fiscales
Hacienda los publica; suele cerrarse el plazo de bienes en el extranjero.
- AbrilArranca la campaña
Ya se puede presentar por internet.
- MayoAyuda de Hacienda
Empieza la atención por teléfono y, más tarde, presencial.
- JunioCierre
Termina a finales de mes; si domicilias el pago, unos días antes.
Nuestra sesión online gratuita se celebra antes de que arranque la campaña, para que llegues a abril con los certificados revisados.
Bienes y cuentas en el extranjero
Si eres residente fiscal en España, tributas aquí por tu renta mundial: los intereses, dividendos y ventas de un bróker extranjero también van a tu declaración. Además, existe una declaración informativa (el modelo 720) para cuentas, valores, seguros o inmuebles situados fuera de España cuando alguno de esos bloques supera 50.000 € (umbral vigente para el ejercicio 2024), y otra específica (el modelo 721) para monedas virtuales custodiadas en el extranjero. Son informativas: presentarlas no supone pagar impuesto, pero no hacerlo puede acarrear sanciones.
Fuente oficial
El calendario oficial de cada campaña y las instrucciones de las declaraciones informativas se publican en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Errores frecuentes
Antes de confirmar tu declaración, repasa esta lista. Son los fallos que más se repiten entre quienes invierten por su cuenta:
- Dar el borrador por bueno sin revisarlo
Los datos fiscales pueden traer mal el valor de adquisición de unas acciones o no incluir operaciones de entidades extranjeras.
- Olvidar las pérdidas pendientes
Las de los cuatro ejercicios anteriores deben aplicarse en cuanto haya saldo positivo.
- Contar una pérdida con recompra en dos meses
Si recompraste valores homogéneos, esa pérdida queda aplazada.
- Confundir traspaso con reembolso
Sacar el dinero a tu cuenta y suscribir otro fondo después no es un traspaso: tributa.
- Declarar los dividendos netos
Se declaran brutos y la retención se resta aparte.
- Usar la escala de otro año
Comprueba siempre los tipos del ejercicio que estás declarando.
Fuente oficial
Ante cualquier duda concreta, las referencias son la Ley 35/2006 del IRPF, su reglamento y el Manual práctico de Renta de la Agencia Tributaria. Para tu caso personal, un asesor fiscal colegiado.
Preguntas frecuentes
Fondos
¿Tengo que declarar un fondo de inversión si no lo he vendido?
No hay nada que tributar mientras mantengas las participaciones: la revalorización solo se declara cuando reembolsas, y tampoco si traspasas el dinero a otro fondo. Si el fondo está depositado en una entidad fuera de España, revisa además la obligación informativa que explicamos en el apartado 7.
¿Hay un límite de traspasos entre fondos al año?
La normativa no fija un número máximo de traspasos ni un importe mínimo. Lo que sí debes vigilar son las comisiones de cada gestora y que los dos fondos cumplan los requisitos del régimen de traspasos; los fondos cotizados (ETF), por ejemplo, suelen quedar fuera.
¿Qué retención me aplican al reembolsar un fondo?
Si el reembolso genera una ganancia, la gestora retiene el 19 % de esa ganancia, no del importe total que recibes. Si el reembolso es con pérdidas, no hay retención. En ambos casos la operación debe aparecer en tu declaración.
Acciones
Si vendo acciones con pérdidas, ¿Hacienda me devuelve dinero?
No directamente. La pérdida reduce lo que tributas: primero se resta de tus ganancias del año; si sobra, puede compensar hasta el 25 % del saldo positivo de tus intereses y dividendos, y lo que quede se arrastra a los cuatro ejercicios siguientes.
Compré acciones de la misma empresa en varias fechas. ¿Cuáles vendo primero?
A efectos fiscales se entiende que vendes primero las que compraste antes (criterio FIFO). Por eso el precio de adquisición que se usa para calcular la ganancia o la pérdida es el de los lotes más antiguos, aunque tu bróker te muestre un precio medio.
¿Los dividendos tienen alguna parte exenta?
No. La antigua exención de los primeros 1.500 € de dividendos desapareció en 2015. Hoy tributan íntegros en la base del ahorro, y solo puedes restar los gastos de administración y custodia de los valores.
Declaración
Olvidé declarar una venta de un año anterior. ¿Qué hago?
Puedes presentar una declaración complementaria de ese ejercicio mientras no haya prescrito. Si sale a pagar y la presentas sin requerimiento previo de Hacienda, se aplica un recargo que depende del retraso, normalmente menor que una sanción. Si la venta dio pérdidas, valora con un asesor fiscal cómo rectificar.
¿Necesito un asesor fiscal para declarar mis inversiones?
No es obligatorio. Con unas pocas operaciones en entidades españolas, revisar con calma los datos fiscales suele bastar. Cuando hay brókeres extranjeros, muchas operaciones, herencias o criptomonedas, contar con un asesor fiscal colegiado ahorra errores difíciles de corregir después.
Recibe «Renta del inversor sin sustos»
Una guía gratuita en PDF que resume los ocho apartados de esta página y añade una lista de comprobación para revisar tu borrador. Al registrarte, recibes también:
- La guía en tu email, sin coste.
- Una invitación a la sesión online gratuita que celebramos antes de la campaña de la Renta, con turno de preguntas generales.
- Solo te contactaremos por email o teléfono para temas de este programa. Puedes darte de baja cuando quieras.
Es material divulgativo: no revisamos declaraciones ni damos asesoramiento fiscal personalizado.
| Responsable | El titular del sitio web Altiorahorizon |
|---|---|
| Finalidad | Enviarte la guía, invitarte a la sesión online y, si lo marcas, avisarte de nuevas ediciones |
| Legitimación | Tu consentimiento |
| Destinatarios | No se ceden datos a terceros |
| Derechos | Acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad |
| Más información | Tratamiento de datos |